TRÁMITE DE PENSIÓN POR FALLECIMIENTO. A DISTANCIA

TRÁMITE DE PENSIÓN POR FALLECIMIENTO. A DISTANCIA

La Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos pone en marcha un nuevo y novedoso mecanismo institucional para la tramitación de beneficios de pensión por fallecimiento con modalidad a distancia.
En el marco de las nuevas disposiciones referidas al funcionamiento interno de dicho organismo previsional, su presidente, Daniel Elias comunica la implementación de esta nueva modalidad, que permitira a aquellas personas que quieran iniciar el trámite de un beneficio de pensión por familiar fallecido, hacerlo mediante canales digitales, prescindiendo de gestiones presenciales para ello.

INCIO DEL TRÁMITE

Aquellas personas que desean iniciar el trámite de pensión por falleciendo de un familiar (las cuales revistan derecho suficiente para ello y posean 18 años de edad como mínimo) deberán en principio contactarse a la CJPER a través de los siguientes contactos:
  • mensaje de texto: 3434667593 o por whatsapp: +5493434667593

La CJPER únicamente se comunicará por alguno de los teléfonos declarados oficialmente en este sitio. Solicitamos no brinde información de ningún tipo si el mensaje o la llamada no provienen de alguno de estos números oficiales.

CONTENIDO DEL MENSAJE
  • Apellido, nombres y documento del causante/fallecido/a.
  • Fecha y lugar de fallecimiento del causante.
  • Jubilado/retirado o lugar de trabajo del causante.
  • Vínculo de quien pretende el beneficio en relación al causante.
  • Apellido, nombres y documento de quien envía el mensaje y/o quien pretende el beneficio (en caso que no coincidan).
  • Teléfono de contacto de quien envía el mensaje y/o quien pretende el beneficio (en caso que no coincidan).
  • Dirección de correo electrónico de quien envía el mensaje y/o quien pretende el beneficio (en caso que no coincidan).
RESPUESTA EN UN PLAZO DE  TRES DÍAS
Luego que Usted envía el mensaje recibirá un llamado telefónico dentro de los tres días hábiles posteriores y será desde alguno de los tres números que pertenecen a CJPER.  Este llamado estará a cargo de un personal del organismo para completar un cuestionario con datos básicos que serán necesarios para el inicio del expediente.
«Se aclara que toda la carga y procesamiento de datos se realizará por parte del personal que se contacte con el/la  requirente y en ningún caso se solicitará información que no esté estrictamente vinculada al inicio de la gestión o que sea de carácter bancario, monetario o similar como así también, se recomienda especialmente por ser de importancia, la posibilidad de proporcional una dirección de correo electrónico (e-mail) ya sea personal o de familiar o persona de confianza del solicitante, a donde pueda informarle con mayor fluidez y claridad respecto del estado y avance de su trámite»,  explicó al respecto.
En cuanto a la documentación necesaria, refirió que «a partir de ahora, la CJPER  dejará de pedir y exigir todo tipo de documentos como partidas de nacimiento, defunción, certificados de escolaridad, fotocopias del documento nacional de identidad o instrumentos de prueba que estén en posesión del Estado sea nacional, provincial o municipal, ya que hizo convenio con cada área correspondiente para gestionar dicha documentación».

Asimismo el funcionario deja expresa mención que «el ingreso de dichos pedidos y el inicio de los respectivos expedientes, no implicará la concesión del beneficio, lo cual será resuelto por la presidencia de la CJPER,  previo análisis de cada caso concreto y conforme el procedimiento previsto para ello», finalizó.

 

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